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Stato Civile

 

Stato Civile

ESTADO CIVIL

El Registro Civil constata y registra los eventos esenciales relativos al ciudadano: nacimiento, matrimonio, defunción, divorcio etc. Todos los ciudadanos italianos tienen la obligación de comunicarle rápidamente a la Administración Pública toda variación relativa al propio estado civil y a la composición del propio núcleo familiar.

A tal efecto deberá presentar las correspondientes actas formalmente perfeccionadas (y traducidas al idioma italiano por Traductor Público matriculado) en el Consulado correspondiente a la residencia o ante el Consulado competente por el lugar en donde ha ocurrido el evento o directamente ante la Comuna italiana de pertenencia.

El registro de las actas y la actualización de los datos AIRE permitirán a los ciudadanos italianos beneficiarse de los servicios consulares (emisión del pasaporte, asistencia, etc.), obtener certificados o documentos tanto de la Comuna como de la Oficina consular así como también ejercer el derecho al voto en el exterior.

PRESENTACIÓN DE ACTAS DE ESTADO CIVIL

A partir del 01/03/2023, la modalidad de presentación de las solicitudes de transmisión de las actas de Estado Civil a las Comunas italianas es única y exclusivamente a través del portal Fast It, sección "Atti di Stato Civile", accesible a todos los conciudadanos que ya se encuentren registrados en el mencionado portal y hayan obtenido la activación de su cuenta.

A través de esa sección, es posible presentar los siguientes documentos

  • actas de nacimiento de hijos menores
  • actas de matrimonio
  • actas de defunción
  • sentencias de divorcio

Se recomienda consultar online el manual (descargar aquí Manual FastIt) con las indicaciones para la presentación de las actas a través del Portal.

La presentación de las actas de estado civil deberá estar siempre acompañada del Modello Unico di iscrizione/aggiornamento AIRE y de una copia del DNI de todos los miembros del núcleo familiar, con domicilio actualizado y un Comprobante de residencia.

En virtud de las disposiciones del artículo 3 del Decreto Legislativo 223/2012 los ciudadanos italianos en el exterior deben acompañar su solicitud de inscripción/variación en el AIRE (Registro de los Italianos en el Exterior) con documentación que permita comprobar su domicilio de residencia.

Es posible presentar:

  • Facturas de servicios residenciales (luz, gas, teléfono fijo, TV por cable, internet).
  • Recibo de sueldo, certificado laboral expedido por el empleador o constancia de inscripción como monotributista – solo en caso de ser trabajador autónomo.
  • Certificado o constancia de afiliación a obra social (o factura mensual);
  • Contrato de alquiler;
  • Certificado de alumno regular.

No se aceptan impuestos, certificados policiales, facturas de agua facturas, de telefonía móvil, ni seguros.

Únicamente en lo que respecta la presentación de actas de defunción de un ciudadano italiano inscripto en este Consulado por parte de un familiar/pariente extranjero (no italiano), es posible contactar directamente la Oficina por mail y coordinar la modalidad de entrega.

Por otros trámites inherentes al Estado Civil (cambio del nombre o del apellido, adopciones etc.), es necesario escribir a la siguiente dirección de correo electrónico: bahiablanca.statocivile@esteri.it.

REQUISITOS DE LAS ACTAS DE ESTADO CIVIL

IMPORTANTE:

1) El Consulado General de Italia en Bahía Blanca acepta dos formatos de partidas (actas) emitidas por el Registro Civil argentino:

  • Las partidas (actas) digitales, que no requieren Apostilla de La Haya pero serán consideradas válidas sólo si acompañadas de la “hoja adicional de firmas”.
  • Las partidas (actas) emitidas por las Oficinas del Registro Civil o por el Registro de las Personas que deben presentarse legalizadas (con firma y sello en original) por la autoridad competente.

Según lo establecido por el Acuerdo italo-argentina sobre el intercambio de actas de estado civil, para las provincias que han adherido al mismo, es posible presentar las actas originales no traducidas, acompañadas por el modelo bilingüe (ambos expedidos en la misma fecha) a condición de que las mismas no presenten ANOTACIONES MARGINALES; EN ESTE CASO DEBERÁN SER TRADUCIDAS.

2) Es posible dirigirse a cualquier traductor público regularmente matriculado en un Colegio Profesional de la República Argentina, independientemente del hecho de que opere en esta jurisdicción y de que su firma se encuentre registrada en este Consulado General.

3) Las partidas emitidas antes del 01/07/1990 deberán también ser legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores argentino con la relativa Apostille de la Haya.

Nacimiento de un hijo (Menor)

Para registrar el nacimiento de un hijo menor de edad (si fuera mayor de edad, ver ciudadanía) es necesario presentar los siguientes documentos:

  • Modello Unico di iscrizione/aggiornamento AIRE, que deberá ser completado por el progenitor italiano/a declarando en el mismo a sus hijos menores, completo en todas sus partes, fechado y firmado.
  • Original del acta de nacimiento del menor acompañado del modelo bilingüe o traducida al italiano por traductor público matriculado. (Y DEBE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ANTES DETALLADOS)
  • Si se tratase de hijo natural, no es posible presentar el modelo bilingüe. El acta debe ser traducida por traductor público matriculado.
  • Si no es casado/a con el padre/madre de su hijo/s menores de edad y no tienen todos el mismo domicilio en el DNI, el progenitor NO italiano deberá dar su consentimiento firmando ante escribano el formulario de “Assenso prestato dal genitore straniero per l'iscrizione/variazione AIRE di figli minorenni”.
  • En cambio si el otro progenitor tiene doble ciudadanía cada uno de los padres deberá presentar el formulario  Modello Unico di iscrizione/aggiornamento AIRE firmado por ambos.
  • Fotocopia del DNI del menor y de los miembros del núcleo familiar con domicilio actualizado.
  • Comprobantes de residencia.
  • Si se trata de hijo adoptivo, leer debajo la sección correspondiente (Transmisión sentencia de adopción).

IMPORTANTE:

  • Si el hijo fue reconocido por los padres en distintos momentos, además del acta de nacimiento, debe presentarse el acta de reconocimiento, ambas traducidas integralmente al italiano.
  • P.D.: si los padres están casados, es INDISPENSABLE que el matrimonio se registre en Italia. En caso contrario no será posible proceder al registro del nacimiento.

 

Matrimonio

Para que el matrimonio celebrado en el exterior tenga valor en Italia debe ser transcripto en la Comuna italiana competente. 
Para registrar el matrimonio es necesario presentar:

  • Formulario de actualización de datos Modello Unico di iscrizione/aggiornamento AIRE completo en todas sus partes, declarando los hijos menores, sin dejar casilleros en blanco, fechado y firmado.
  • Acta de matrimonio en original (“no certificados”), emitida por el Registro Civil, con traducción integral en italiano.
  • Comprobantes de residencia

En virtud de las disposiciones del artículo 3 del Decreto Legislativo 223/2012 los ciudadanos italianos en el exterior deben acompañar su solicitud de inscripción/variación en el AIRE (Registro de los Italianos en el Exterior) con documentación que permita comprobar su domicilio de residencia.

Es posible presentar:

  • Facturas de servicios residenciales (luz, gas, teléfono fijo, TV por cable, internet).
  • Recibo de sueldo, certificado laboral expedido por el empleador o constancia de inscripción como monotributista – solo en caso de ser trabajador autónomo.
  • Certificado o constancia de afiliación a obra social (o factura mensual);
  • Contrato de alquiler;
  • Certificado de alumno regular.

No se aceptan impuestos, certificados policiales, facturas de agua facturas, de telefonía móvil, ni seguros.

  • Si está divorciado, no es suficiente presentar el acta de matrimonio con la anotación marginal. Deberá presentar la sentencia completa; ver instrucciones en la sección Transmisión de la sentencia de divorcio.

IMPORTANTE: deben ser transmitidos a Italia todos los matrimonios contraídos; no es posible transmitir un matrimonio sin que hayan sido registrados los matrimonios anteriores y las sentencias de divorcio correspondientes.

 

Matrimonio igualitario

A partir de la entrada en vigencia del Decreto n. 144 del 23 de julio de 2016 del Presidente del Consejo de los Ministros publicado en la GU n. 175 del 28 de julio de 2016 y con vigencia a partir del 29/07/2016, es posible solicitar la inscripción de los matrimonios entre personas del mismo género y celebrados en la República Argentina, en virtud de la ley n.76 del 20 de mayo de 2016, en el registro provisorio de las uniones civiles instituidos en las Comunas Italianas. Cabe subrayar que el ciudadano italiano que aquí o en otro Estado (fuera de Italia) haya contraído matrimonio o unión civil conforme a la ley local incluso antes de la entrada en vigencia de la ley 76/2016, tiene la obligación de informar a la sede Consular competente por residencia.

Para poder registrar el matrimonio entre personas del mismo género, es necesario presentar: la siguiente documentación:

  • Formulario de actualización de datos Modello Unico di iscrizione/aggiornamento AIRE completo en todas sus partes, declarando los hijos menores, sin dejar casilleros en blanco, fechado y firmado.
  • Copias de DNI del núcleo familiar
  • Acta de matrimonio en original (“no certificados”), emitida por el Registro Civil, con traducción integral en italiano.
  • Comprobantes de residencia

En virtud de las disposiciones del artículo 3 del Decreto Legislativo 223/2012 los ciudadanos italianos en el exterior deben acompañar su solicitud de inscripción/variación en el AIRE (Registro de los Italianos en el Exterior) con documentación que permita comprobar su domicilio de residencia.

Es posible presentar:

  • Facturas de servicios residenciales (luz, gas, teléfono fijo, TV por cable, internet).
  • Recibo de sueldo, certificado laboral expedido por el empleador o constancia de inscripción como monotributista – solo en caso de ser trabajador autónomo.
  • Certificado o constancia de afiliación a obra social (o factura mensual);
  • Contrato de alquiler;
  • Certificado de alumno regular.

No se aceptan impuestos, certificados policiales, facturas de agua facturas, de telefonía móvil, ni seguros.

Si está divorciado, no es suficiente presentar el acta de matrimonio con la anotación marginal. Deberá presentar la sentencia completa; ver instrucciones en la sección Transmisión de la sentencia de divorcio.

 

Defunción de un Familiar

La defunción de un ciudadano italiano ocurrida en el exterior debe ser registrada en Italia. Para registrar la defunción de un familiar es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Partida de defunción en original (no “certificados”), emitida por el Registro Civil, con traducción integral en italiano.

 

Transmisión de la Sentencia de divorcio

Para registrar en Italia una sentencia de divorcio es necesario presentar:

  • La sentencia integral – completa en original (deberá contener: AUTOS; VISTOS; CONSIDERANDO; FALLO); si existe sentencia de separación personal de conformidad con el art. 67 bus, es necesario también presenta esta última. En presencia de hijos menores, la sentencia deberá especificar el régimen de la tenencia de los mismos;
  • En la sentencia, (o en una declaración adjunta del Tribunal) deberá estar especificado que se trata de una sentencia firme o consentida o ejecutoriada y que revista el carácter de COSA JUZGADA; deberá además estar indicada la fecha desde cuando la sentencia reviste el carácter de cosa juzgada
  • Toda la documentación solicitada, a entregarse en original, deberá ser autenticada por el Tribunal competente, legalizada      por la Cámara Nacional de Apelaciones del Poder Judicial competente y por el Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino con Apostilla de la Haya y traducida al idioma italiano.
  • Richiesta trascrizione e dichiarazione sostitutiva divorzio” (descargar). 

 

Transmisión de sentencia de adopción

Para el reconocimiento de una sentencia extranjera de adopción es necesario presentar:

  • Acta de nacimiento con los nombres de los padres adoptivos (obligatorio) y de los biológicos (facultativo);
  • La sentencia completa original (deberá contener: AUTOS; VISTOS; CONSIDERANDO; FALLO),
  • La sentencia deberá especificar el estado de abandono del menor o la autorización del o de los padres biológicos a los fines de la adopción
  • En la sentencia (o en una declaración adjunta del Tribunal) deberá estar especificado que se trata de una sentencia firme o consentida o ejecutoriada y que revista el carácter de COSA JUZGADA; (deberá además estar indicada la fecha desde cuando la sentencia reviste el carácter de cosa juzgada).
  • Toda la documentación, a entregarse en original, deberá ser traducida al italiano y presentada en original; autenticada por el Tribunal competente, legalizada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Poder Judicial competente y por el Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino con Apostilla de la Haya y traducida al italiano.
  • Solicitud y declaración jurada (escribir a bahiablanca.statocivile@esteri.it).

Eventos acontecidos en otra Circunscripción Consular (fuera del territorio de la República Argentina)

Los ciudadanos italianos residentes en esta circunscripción consular inscriptos regularmente en el AIRE, podrán presentar en este Consulado General las actas de estado civil y las sentencias de adopción y divorcio emitidas fuera del territorio de la República Argentina. Tales actas/sentencias deberán ser entregadas formalmente perfeccionadas EN EL PAIS DE ORIGEN: apostilladas y con traducción también apostillada en el país de origen.

Excepción: actas de estado civil de Países UE, que podrán ser presentadas en formulario plurilingüe.

 

CONTROL DE DATOS EN ACTAS Y TRADUCCIONES

Antes de presentar las actas se sugiere verificar la exactitud de los datos contenidos en ellas (en particular, nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento de los nombrados); como también controlar las traducciones. En caso de error en el documento original, será necesario solicitar la rectificación administrativa por parte de la institución emisora. En el caso de error en la traducción, será necesario solicitar una nueva traducción.

LOS INVITAMOS A CONSULTAR CON ATENCIÓN LA SECCIÓN ESTADO CIVIL DE NUESTRO SITIO WEB ANTES DE ENVIAR CORREOS ELECTRÓNICOS SOLICITANDO INFORMACIÓN.

ESTE CONSULADO GENERAL NO RESPONDERÁ A LOS CORREOS QUE SOLICITEN INFORMACIONES YA DISPONIBLES EN NUESTRO SITIO.

 


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