{"id":1680,"date":"2016-02-23T17:50:26","date_gmt":"2016-02-23T20:50:26","guid":{"rendered":"https:\/\/consbahiablanca.esteri.it\/news\/dal_consolato\/2016\/02\/12-02-2016-referendum-popular-del\/"},"modified":"2016-02-23T17:50:26","modified_gmt":"2016-02-23T20:50:26","slug":"12-02-2016-referendum-popular-del","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/consbahiablanca.esteri.it\/it\/news\/dal_consolato\/2016\/02\/12-02-2016-referendum-popular-del\/","title":{"rendered":"12.02.2016 REFERENDUM POPULAR DEL 17 DE APRIL DE 2016 &#8211; Convocaci\u00f3n y t\u00e9rminos de la opci\u00f3n para ejercer el voto"},"content":{"rendered":"<p>REFERENDUM POPULAR DEL 17 DE APRIL DE 2016 &#8211; Convocaci\u00f3n y t\u00e9rminos de la opci\u00f3n para ejercer el voto<\/p>\n<p>&#8211;<br \/>1. El 10 de febrero, el Consejo de Ministros ha determinado que el 17 de abril de 2016 se llevar\u00e1 a cabo el REFERENDUM ABROGATIVO de la norma que prev\u00e9 que los permisos y las concesiones a exploraciones y barrenamientos de los yacimientos de hidrocarburos dentro de las doce millas de la costa, tenga la \u201cduraci\u00f3n de la vida \u00fatil del yacimiento\u201d (refer\u00e9ndum popular para la abrogaci\u00f3n del punto 17, tercer p\u00e1rrafo del art. 6 del decreto legislativo n. 152 del 3 de abril de 2006 [Normas en materia ambiental], remplazado por el punto 239 del art. 1 de la ley n. 208 del 28 de diciembre de 2015 [Disposiciones para la formaci\u00f3n del balance anual y plurianual del Estado \u2013 ley sobre la estabilidad 2016], limitadamente a las siguientes palabras: \u00abpara la duraci\u00f3n de la vida \u00fatil del yacimiento, respetando los est\u00e1ndar de seguridad y salvaguardando el ambiente\u00bb.<\/p>\n<p>2. ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTERIOR E INSCRIPTOS AL AIRE<\/p>\n<p>Los electores residentes en el exterior e inscriptos en el AIRE (Empadronamiento de los Italianos Residentes en el Exterior) recibir\u00e1n, como habitualmente, el sobre electoral en el propio domicilio. Se recuerda que es una obligaci\u00f3n del ciudadano mantener informado al Consulado acerca del propio domicilio de residencia. En cambio quien, siendo residente permanente en el exterior, desee votar en Italia, deber\u00e1 enviar al consulado competente por residencia una declaraci\u00f3n con los siguientes datos: nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia, indicaci\u00f3n de la comunica italiana de inscripci\u00f3n en el padr\u00f3n de los italianos residentes en el exterior, la indicaci\u00f3n de la consultaci\u00f3n por la cual el elector desea ejercer la opci\u00f3n. La declaraci\u00f3n deber\u00e1 ser fechada y firmada por el elector junto a la fotocopia de un documento de identidad del solicitante, podr\u00e1 ser enviada por correo, por fax, por correo electr\u00f3nico sin necesidad de certificaci\u00f3n o present\u00e1ndola a mano al Consulado tambi\u00e9n por un tercero HASTA EL 26 DE FEBRERO DE 2016 (con la posibilidad de revocarlo dentro de ese lapso)<\/p>\n<p>3. ELECTORES TEMPORANEAMENTE EN EL EXTERIOR (MINIMO TRES MESES)<\/p>\n<p>A partir de las consultaciones referendarias del 17 de abril de 2016, los electores italianos que por motivos de trabajo, estudio o tratamientos m\u00e9dicos se encuentren tempor\u00e1neamente en el exterior por un periodo de al menos tres meses dentro del cual recaiga la fecha de la consultaci\u00f3n electoral, como as\u00ed tambi\u00e9n sus familiares convivientes, podr\u00e1n participar del voto por correspondencia organizado por las oficinas consulares italianas (ley 459 del 27 de diciembre de 2001, modificada por la ley n. 52 del 6 de mayo de 2015).<\/p>\n<p>Los electores que deseen votar deber\u00e1n enviar A LA COMUNA de inscripci\u00f3n de las listas electorales HASTA EL 26 DE FEBRERO DE 2016 (con la posibilidad de revocarlo en el mismo lapso) una OPCION VALIDA PARA UNA UNICA CONSULTACION. Se comunicara la fecha del vencimiento del lapso cuando se publique el Decreto de convocaci\u00f3n a las urnas. La opci\u00f3n podr\u00e1 ser enviada por correo, por fax, por correo electr\u00f3nico sin necesidad de certificaci\u00f3n o present\u00e1ndola a mano en la comuna tambi\u00e9n por un tercero (en la pagina www.indicepa.gov.it encontraran las direcciones de correo electr\u00f3nico certificado de las comunas italianas).<\/p>\n<p>La declaraci\u00f3n de opci\u00f3n junto con la copia del documento de identidad valido del elector, deber\u00e1 contener la direcci\u00f3n en el exterior para que se le pueda enviar el sobre electoral, la indicaci\u00f3n de la oficina consular (Consulado o Embajada) competente por territorio y una declaraci\u00f3n que demuestre tener los requisitos para poder votar por correspondencia (encontrarse por motivos de trabajo, estudio o tratamientos m\u00e9dicos en un Pa\u00eds en donde no se es residente por un periodo de por lo menos tres meses dentro del cual recaiga la fecha de la consultaci\u00f3n electoral; como as\u00ed tambi\u00e9n ser familiar conviviente de un ciudadano que se encuentra en las mencionadas condiciones [punto 1 del art. 4-bis de la citada L. 459\/2001]). La declaraci\u00f3n deber\u00e1 realizarse en base a los art\u00edculos 46 y 47 del decreto del Presidente de la Republica n. 445 del 28 de diciembre de 2000 (texto \u00fanico de las disposiciones legislativas y reglamentaci\u00f3n en materia de documentaci\u00f3n administrativa), declarando estar en conocimiento de las consecuencias penales en caso de declaraciones falsas (art. 76 del citado DPR 445\/2000).<\/p>\n<p>Bah\u00eda Blanca 12\/02\/2016<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"REFERENDUM POPULAR DEL 17 DE APRIL DE 2016 &#8211; Convocaci\u00f3n y t\u00e9rminos de la opci\u00f3n para ejercer el voto &#8211;1. 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