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IMPORTANTE: novedades con respecto a la emisión del Pasaporte del progenitor de hijos menores

Se informa a los connacionales, progenitores de hijos menores, que a partir del 14 de junio de 2023 no será necesario presentar el acta de consentimiento del otro progenitor para la emisión del propio documento de identidad (Pasaporte y CIE), según el D.L. 69/2023.

Específicamente el artículo 3-bis de la L. 1185/1967 indica que, cuando existe peligro concreto y actual de que a causa del traslado al exterior el progenitor pueda eludir el cumplimiento de sus obligaciones hacia los hijos, al otro progenitor le será posible solicitar una inhibición a la emisión del documento.

La instancia podrá ser presentada ante el Juez competente en el Tribunal ordinario en el cual el menor tiene su residencia habitual o bien, si el menor es residente en el exterior, el Tribunal competente por la Comuna de inscripción en AIRE.

Para la emisión de los documentos para los menores, en cambio, se mantiene la obligación del consentimiento firmado por ambos progenitores o por quien ejerce la patria potestad.