A partir del 30 de julio de 2026, la Carta de Identidad Electrónica (CIE) expedida a los ciudadanos que tengan 70 años o más en el momento de solicitar su emisión tendrá validez ilimitada, sin perjuicio de que continúe siendo válida para viajar al extranjero cuando esté permitido. En otras palabras, el ciudadano mayor de 70 años al que se le haya expedido una CIE después del 30 de julio ya no estará sujeto a la renovación periódica del documento.
La validez ilimitada del documento no se aplicará en los siguientes casos:
- Identificación digital mediante la CIE, que seguirá estando sujeta a una validez de diez años. Los ciudadanos mayores de 70 años que deseen continuar utilizando los servicios en línea mediante la Carta de Identidad Electrónica deberán solicitar la expedición de un nuevo documento, previa revocación del documento expedido anteriormente.
- Acceso a las puertas electrónicas automáticas (eGates) de los aeropuertos mediante la CIE. También en este caso, el documento electrónico tendrá una validez de diez años; una vez transcurrido ese plazo, el cruce de la frontera solo podrá realizarse mediante el control visual de la Carta de Identidad.