Esta página web utiliza cookies técnicas y de análisis necesarias.
Al continuar navegando por esta web usted acepta el uso de cookies.

Nuevo Servicio: Obtené tu Código Fiscal italiano en FAST-IT.

WhatsApp Image 2024-07-10 at 12.51.47

Obtené tu Código Fiscal en FAST-IT

Para ciudadanos italianos

A partir del 15 de julio de 2024, los italianos inscriptos en el AIRE en la Circunscripción consular del Consulado General de Italia en Bahía Blanca pueden descargar directamente el certificado de asignación del código fiscal a través del Portal Fast It. ¿Cómo?

  1. Accedé al Portal Fast It.
  2. Hacé clic en «Registro Consular y AIRE» y luego en «Asignación de Código Fiscal«.
  3. Confirmá los datos y comenzá la solicitud.
  4. Esperá el resultado del procesamiento del trámite por parte del Consulado General.
  5. Descargá de forma autónoma el certificado de asignación del Código Fiscal.

Si no podés descargar el certificado de asignación del Codice Fiscale:

  1. Registráte en el portal FAST IT, o accedé si ya tenés una cuenta activa.
  2. Solicitá la «Associazione Online» haciendo clic en «Anagrafe Consolare e AIRE» y luego en «Visualizzare la propria scheda anagrafica».
  3. Dentro de algunos días hábiles desde la solicitud, recibirás un mensaje en tu casilla de correo confirmando la asociación.
  4. Accedé nuevamente al portal y seguí las instrucciones mencionadas anteriormente.

Si necesitás hacer una solicitud para tus hijos menores nacidos en el extranjero, es necesario que:

  1. El acta de nacimiento haya sido inscrita por el Municipio de residencia.
  2. El menor esté inscrito en el AIRE (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero).

Una vez que hayas recibido la confirmación del Municipio en Italia sobre la inscripción del acta de nacimiento y la inscripción del menor en el AIRE, podrás acceder al portal con tu usuario y descargar el certificado.

Si necesitás hacer una solicitud para tus hijos menores nacidos en Italia, el nacimiento es automáticamente inscrito y solo se requiere la inscripción en el AIRE.

ATENCIÓN: SE REQUIERE SPID (sistema público de identidad digital)

Si un ciudadano italiano a quien se le ha asignado el código fiscal desea solicitar el SPID a uno de los proveedores autorizados, podría encontrarse con el problema de que el proveedor no acepte como válida la certificación consular del código fiscal descargada desde Fast It.

Para resolver este problema, el ciudadano puede informar al proveedor durante el proceso de verificación del código fiscal para obtener el SPID que la AGID (Agencia para Italia Digital) emitió un aviso el 30 de abril pasado. Este aviso establece que los proveedores autorizados para emitir el SPID están obligados a reconocer como válidas y auténticas las certificaciones de emisión emitidas por las Oficinas consulares en el extranjero. Puedes consultar este Aviso en la página principal de Fast It, utilizando el siguiente enlace: spid-avviso-n7v2-rilascio-identita-italiani-stabiliti-estero_f.pdf.

Ciudadanos extranjeros

Para los ciudadanos extranjeros que residen en la circunscripción del Consulado General de Italia en Bahía Blanca y desean solicitar la atribución del código fiscal, deben completar los formularios disponibles en Polisportello y Formulario AA4/8, y enviarlos a notarile.bahiablanca@esteri.it.

En el caso de que el cumplimiento o el procedimiento del extranjero con la Administración Pública italiana requiera necesariamente la entrada y la presencia en Italia del ciudadano extranjero no comunitario, la atribución del Código Fiscal será completada por la Oficina Única de Inmigración o por la Questura en el momento de la solicitud del permiso de residencia (como se destaca en la Mini Guia Codigos Fiscales para extranjeros)

Casos especiales:  en casos especiales como cuando un heredero solicita en nombre de una persona fallecida, se debe enviar un correo electrónico a notarile.bahiablanca@esteri.it adjuntando los siguientes documentos:

  • Copia del documento de identidad del fallecido.
  • Certificado de defunción.
  • Copia del documento de identidad del solicitante/heredero.
  • Prueba reciente de residencia del solicitante/heredero.

Estos procedimientos también están detallados en la mini guía sobre el código fiscal para extranjeros, disponible en el sitio web de la Agencia de Ingresos (Agenzia delle Entrate).