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Nacimiento de un hijo (menor)

Hijos menores de edad de ciudadanos italianos por nacimiento que transmiten automáticamente la ciudadanía (art. 3-bis L. 91/1992)

El menor es ciudadano italiano iure sanguinis solo si se cumple al menos una de las siguientes condiciones:

  1. El padre o la madre ciudadano/a italiano/a ha residido en Italia durante al menos 2 años consecutivos después de haber adquirido la ciudadanía italiana y antes de la fecha de nacimiento del hijo/a.

  2. Uno de los progenitores posee exclusivamente la ciudadanía italiana.

  3. Un abuelo o abuela posee —en el momento del nacimiento del menor o al momento de su fallecimiento— exclusivamente la ciudadanía italiana.

  4. El menor no posee otra ciudadanía.

Si no se cumple ninguna de las condiciones anteriores, es posible solicitar la ciudadanía por beneficio de ley, cuyas instrucciones se encuentran en el siguiente enlace.

Para la inscripción de un hijo por parte de un padre o madre ciudadano/a italiano/a por nacimiento que pueda transmitir automáticamente la ciudadanía italiana, se deberá presentar la documentación indicada a continuación a través de FAST IT (Stato Civile), seleccionando la opción “Atto di nascita (Art. 3-bis L. 91/1992)”:

  • Acta de nacimiento original del menor, apostillada y traducida al italiano;

  • Formulario anagráfico actualizado (en caso de no conocer el Comune de referencia en Italia, ese campo puede dejarse sin completar);

  • Copia de un DNI (anverso y reverso) vigente de ambos progenitores y del/de los hijo/s para los que se desea efectuar la declaración de adquisición de la ciudadanía;

  • Prueba de residencia en esta circunscripción consular: facturas de servicios de luz, gas, teléfono fijo, internet y televisión por cable; certificados de asistencia escolar o universitaria o de institutos de formación que otorguen títulos reconocidos por las autoridades locales; certificado de afiliación a obras sociales o factura mensual; contrato de alquiler a nombre del solicitante de la inscripción/actualización o recibos de pago del alquiler efectuado por el solicitante; certificados de inscripción en colegios profesionales que operen en la circunscripción consular; recibo de sueldo o inscripción en la AFIP como trabajador independiente; certificados de ANSES en caso de jubilados.

No se aceptarán: licencia de conducir, certificados de domicilio emitidos por la Policía o por la Oficina del Registro Civil, impuestos provinciales o municipales, incluidas las tasas relativas a vehículos.

  • Si es necesario (casos de los puntos 2 y 3 mencionados anteriormente), certificación negativa de ciudadanía argentina del padre/madre o abuelos (Certificado de no naturalización argentina: Form. 003 de la “Cámara Nacional Electoral”), con la Apostilla; y certificación negativa de ciudadanía de otro país en el que hayan residido (apostilla + traducción + apostilla);

  • Si es necesario (casos del punto 1 mencionado anteriormente), certificado histórico de residencia del progenitor emitido por el Comune competente que demuestre los dos años de residencia en Italia como ciudadano italiano.