Solicitar la inscripción en el Registro de los Italianos Residentes en el Exterior (AIRE)
La solicitud de inscripción al AIRE debe ser efectuada exclusivamente a través del portal Fast It:
Cada ciudadano italiano MAYOR DE EDAD deberá presentar su propia solicitud individual adjuntando una prueba (de no más de 3 meses) de su residencia. Cabe precisar que, a pesar de que el sistema permite incluir el nombre de cónyuge conviviente y/o hijos mayores de edad, éstos deberán proceder individualmente con una solicitud análoga y la documentación necesaria.
Antes de iniciar el procedimiento on-line se aconseja disponer de los siguientes documentos y leer con atención las instrucciones.
ADJUNTO 1
Formulario debidamente completo y firmado a mano.
- Se genera on-line desde la plataforma durante el procedimiento. El usuario lo debe descargar, imprimir, firmar y escanear.
- No se aceptan firmas digitales ni firmas hechas con computadoras.
- Completar verificando que sus datos y los de sus familiares declarados sean correctos y completos: nombre, apellido, ciudad y fecha de nacimiento como resultan en su acta de nacimiento/DNI.
- Si en la declaración resultan menores de edad con ciudadanía italiana, el otro progenitor no ciudadano UE, deberá prestar su consentimiento para la inscripción del menor, firmando ante escribano público, solo en caso de que los padres NO estén casados y además no convivan (distinto domicilio en el DNI). Este consentimiento debe ser presentado en original, enviándolo por correo postal o entregándolo personalmente (buzón o guardia de seguridad) en el Consulado, en un sobre dirigido a la oficina AIRE; o bien, presentándolo ante una de las Oficinas dependientes de la Red Consular Honoraria de la Circunscripción.
En cambio, si el otro progenitor es ciudadano UE no conviviente, deberá completar y firmar el formulario de actualización d e datosy éste deberá ser adjuntado a la solicitud en Fast It.
Si el padre/madre de hijos menores no es declarado, la solicitud será rechazada.
- En caso de que el formulario este incompleto o los datos ingresados no sean correctos, la solicitud será rechazada y se deberá presentar una nueva.
ADJUNTO 2
Copia de los DNI argentinos (ambos lados) en curso de validez de todos los miembros de la familia declarados (convivientes y no convivientes).
ADJUNTO 3
Comprobante de residencia en la circunscripción consular reciente (de no más de 3 meses) a nombre del solicitante.
Debe incluir el nombre y el domicilio del interesado. En caso de personas casadas, se aceptará documentación a nombre del cónyuge, solo si ya ha sido presentada previamente la correspondiente acta de matrimonio.
Si no se dispone de un comprobante de residencia a nombre del interesado o cónyuge, no será posible solicitar la inscripción al AIRE.
ADJUNTO 4 (obligatorio solo para quienes solicitaron el reconocimiento de la ciudadanía en Italia y piden la inscripción al AIRE por primera vez)
Documentos italianos en su poder: passaporto, carta d’identità, estratto dell’atto di nascita, estremi di trascrizione dell’atto, Decreto di concessione cittadinanza, etc.
IMPORTANTE: quienes hayan solicitado la ciudadanía italiana iure sanguinis mediante Sentencia Judicial en Italia y se inscriban al AIRE por primera vez, además de los adjuntos mencionados anteriormente que se deben presentar por FAST IT, deberán presentar la copia autenticada de la Sentencia Judicial, enviándola por correo postal o entregándola personalmente (buzón o guardia de seguridad) en el Consulado; o bien, presentándolo ante una de las Oficinas dependientes de la Red Consular Honoraria de la Circunscripción. En alternativa, el abogado deberá enviar la Sentencia Judicial por PEC con firma digital.
Si las actas se encuentran en poder del solicitante (le fueron devueltas por el abogado), deberán ser presentadas en original al Consulado para poder trasmitirlas al Municipio italiano competente.
Si en cambio las actas fueron enviadas por el abogado al Municipio competente para su transcripción, se deberá presentar copia dell’estratto dell’atto di nascita.
Instrucciones operativas
IMPORTANTE: si usted viene de otra sede consular y ya tiene un usuario creado en el portal FAST IT, a través del cual visualiza su ficha de datos registrados en la sede previa, deberá solicitar el servicio “Comunicar un cambio de domicilio” e ir al paso 6 de la siguiente explicación. Si en cambio NO visualiza su ficha de datos de la sede previa, deberá cancelar el usuario actual y generar uno nuevo (puede utilizar el mismo correo electrónico y la misma contraseña, si así lo desea), declarando el domicilio en esta circunscripción y siguiendo los pasos que se describen a continuación.
1. Registrarse como usuario en Fast It: https://serviziconsolarionline.esteri.it.
2. Activar la cuenta.
3. Acceder al portal.
4. Hacer click en “Anagrafe consular y AIRE”.
5. Hacer click en “Solicitar la inscripción en el Registro de los Italianos Residentes en el Exterior (A.I.R.E.)”.
6. Completar todos los campos requeridos.
7. Adjuntar la documentación necesaria (ADJUNTOS 1, 2, 3 y 4) y enviar la solicitud.
8. Aguardar e-mail de confirmación por parte del Consulado.
IMPORTANTE: el portal FAST IT permite enviar respuestas al email del usuario; éstas son unidireccionales y se utilizan a fin de comunicar posibles rechazos o problemas con los documentos presentados. NO se dará respuesta a eventuales conversaciones empezadas a través del portal.
El interesado podrá acceder a otros servicios consulares cuando haya recibido vía e-mail confirmación por parte de la Oficina de Anagrafe del Consulado de conclusión del trámite (independientemente del estado del trámite en el portal Fast It) o cuando el estado del trámite en el portal sea “Enviado a la Municipalidad”.
IMPORTANTE: Cabe recordar que el plazo máximo de ley para los trámites de inscripción o actualización del Registro es de 180 días a partir de la presentación de la solicitud completa con toda la documentación necesaria.
La solicitud no se considera automáticamente aceptada. Se podrá consultar su estado a través del portal. Cuando el trámite finalice, se enviará vía e-mail una comunicación directamente al interesado (estado final del trámite: Enviado a la Municipalidad).
En caso de que la solicitud resulte incompleta, la misma será rechazada y deberá presentarse una nueva.
ADVERTENCIA: el estado «No inscripto”, en el apartado “AIRE”, podría no reflejar completamente la situación real. Esto es válido, en especial, para quien no haya enviado la solicitud de inscripción a través del portal de los Servicios Consulares.
IMPORTANTE: se informa que el número PIN al que se hace referencia en el portal no es necesario para inscribirse en el Registro de los Italianos Residentes en el Exterior. Las funciones del portal para las cuales se prevé el uso del PIN aún no han sido habilitadas. Cuando este servicio esté disponible, la información será publicada en la página web del Consulado.