El servicio de asistencia social está destinado a los ciudadanos italianos que se encuentren en una situación de indigencia o en un estado de necesidad ocasional y grave, según el reglamento adoptado con el decreto 13-2025.
Para solicitar la asistencia y/o recibir más información, se puede descargar el formulario de solicitud y escribir a assist.bahiablanca@esteri.it
PREGUNTAS FRECUENTES:
- ¿Qué es un subsidio?
Un subsidio es una ayuda asistencial económica que se concede por un período de tiempo determinado.
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¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier ciudadano italiano, residente en la circunscripción de competencia del Consulado General de Bahía Blanca y que se encuentre en estado de indigencia o en estado de necesidad ocasional y grave, puede solicitarlo al Consulado General.
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¿Quién tiene prioridad?
Tienen prioridad:
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Ciudadanos exclusivamente italianos;
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Connacionales mayores de 70 años;
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Connacionales sin ninguna forma de asistencia económica por parte de familiares;
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Connacionales bajo tratamientos médicos prolongados o afectados por enfermedades crónicas o graves.
4. Si mi asistencia médica no cubre los costos de los medicamentos y no tengo medios para cubrir el gasto, ¿puedo solicitar ayuda sanitaria al Consulado?
a) Asistencia médico-sanitaria
Al ciudadano italiano residente en situación de indigencia (Decreto 13-2025) y que no reciba ningún otro tipo de asistencia local, o en caso de que la asistencia local no sea adecuada según los estándares europeos, se le pueden proporcionar las siguientes formas de intervención:
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pago directo de servicios médicos u hospitalarios;
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compra directa de medicamentos y material sanitario;
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subsidio como contribución a los gastos sanitarios.
b) Pólizas de seguro médico-sanitario
El Consulado puede evaluar la posibilidad de contratar pólizas de seguro de asistencia sanitaria en favor de los ciudadanos italianos indigentes (Decreto 13-2025) residentes en el extranjero. El beneficiario de dichas pólizas no puede beneficiarse simultáneamente de otras formas de asistencia médico-sanitaria. En caso de peligro de vida y de dificultades económicas comprobadas de un ciudadano italiano no residente en la circunscripción, el Consulado puede adelantar la cobertura de los gastos sanitarios de urgencia en forma de préstamo con promesa de devolución.
5. ¿Cuántas veces al año puedo solicitar un subsidio?
El subsidio se concede solo una vez al año, salvo en casos de urgencia excepcional.
6. ¿A cuánto asciende el subsidio?
El monto está relacionado con la necesidad del solicitante y con los límites establecidos anualmente. Se remite al reglamento del decreto 13-2025 para más detalles.
7. ¿El subsidio es una pensión?
El subsidio no es una pensión, sino solo una ayuda eventual para mejorar la situación económica del solicitante.
8. ¿Cómo puedo solicitar el subsidio al Consulado?
El interesado debe descargar el formulario correspondiente, completarlo y enviarlo, junto con los elementos de evaluación, al correo electrónico assist.bahiablanca@esteri.it para la evaluación preliminar del caso específico. Posteriormente, el Consulado realizará los controles sobre lo proporcionado, incluida una posible visita domiciliaria para verificar la veracidad de los datos y la información suministrada.
9. ¿Qué documentación debe presentarse?
Es importante presentar los siguientes elementos de evaluación además de un documento de identificación vigente.
10. ¿Cómo se puede acceder a la asistencia social?
Se puede escribir para informar sobre la situación personal y solicitar una intervención a assist.bahiablanca@esteri.it.
11. Préstamos con promesa de devolución
El préstamo con promesa de devolución se concede normalmente a los italianos que se encuentren en el extranjero en un estado ocasional de grave necesidad (por ejemplo, que hayan perdido documentos y dinero; que hayan sido robados; que sean víctimas de desastres naturales) y deban regresar a Italia. Tales préstamos a favor de los connacionales pueden ser efectuados, en caso de robo o pérdida, solo previa denuncia a la policía local y no pueden superar los límites establecidos por las disposiciones ministeriales. Deben ser devueltos por el interesado al Tesoro, una vez regresado a Italia, siguiendo las instrucciones . Los connacionales sin documentos de viaje también podrán solicitar la emisión de documentos de viaje necesarios para el regreso a su país.